De la Introducción…
En esta ocasión, la autoridad publicó la Resolución Miscelánea Fiscal el 30 de diciembre de 2024, la cual estará vigente del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2025. También se publican los anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27 y, mediante el segundo transito rio de la RMF en comento, se prorrogan algunos anexos y se modifican otros.
Por otra parte, se otorga un plazo para aquellas personas físicas que les hayan actualizado sus obligaciones fiscales en el RFC, en ejercicios fiscales anteriores a un régimen distinto al Régimen simplificado de confianza para que puedan presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, y opten por tributar en el Resico, siempre que la totalidad de sus ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no exceda de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.
Así mismo, se amplía el plazo hasta el 1o. de ene ro de 2026 para el cumplimiento de la obligación de contar con buzón tributario habilitado a quienes tributen bajo el Resico.
Y, de igual forma, se amplía el plazo para dar cumplimiento con la obligación de contar con e.firma, a los contribuyentes del Resico, lo cual será aplicable a partir del 1o. de ene ro de 2026.
CONTENIDO
Introducción
Abreviaturas e íconos
Sección A
Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.
Texto íntegro de las reglas
Contenido
Glosario
Objeto de la Resolución
TÍTULO 1. Disposiciones Generales
TÍTULO 2. Código Fiscal de la Federación
TÍTULO 3. Impuesto sobre la Renta
TÍTULO 4. Impuesto al Valor Agregado
TÍTULO 5. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
TÍTULO 6. Contribuciones de Mejoras
TÍTULO 7. Derechos
TÍTULO 8. Impuesto sobre Automóviles Nuevos
TÍTULO 9. Ley de Ingresos de la Federación
TÍTULO 10. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
TÍTULO 11. Decretos, Circula res, Convenios y Otras Disposiciones
TÍTULO 12. De la Prestación de Servicios Digitales
TRANSITORIOS
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